La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró obras y actividades de un desarrollo inmobiliario, ubicado en zona adyacente al Santuario Playa La Escobilla, en Oaxaca, en donde se afectó vegetación de dunas costeras con matorral.
Constata remoción total de vegetación en un ecosistema costero, en área forestal y en un humedal (estero), con vegetación de manglar, sin contar con autorización de impacto ambiental.
El responsable del proyecto no cuenta con autorización de cambio de uso de suelo en áreas forestales para un desarrollo inmobiliario, ni por la construcción y operación de obras (relleno) en un estero y en manglar.
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró obras y actividades de un desarrollo inmobiliario, ubicado en una zona adyacente al Santuario Playa La Escobilla, en Oaxaca, en donde se afectó vegetación de dunas costeras con matorral.
Así mismo se interpusieron sellos de clausura al relleno de un estero y vegetación de Mangle en una superficie de 712.80 metros cuadrados, por la construcción de una brecha de acceso a la villa, sin contar con autorización de impacto ambiental para dichas obras.
Personal de la PROFEPA realizó una visita de inspección, con objeto de verificar el cumplimiento de las obligaciones ambientales en materia de impacto ambiental en la zona adyacente al Área Natural Protegida (ANP), con la categoría de Santuario, las zonas de reserva y sitios de refugio para la protección, conservación, repoblación, desarrollo y control de diversas especies de tortuga marina, Playa La Escobilla, Municipio de Santa María Tonameca, Distrito de Pochutla, en el estado de Oaxaca.
Se detectó que en una superficie total de dos mil 500 metros cuadrados se realizó el despalme del terreno, lo que implicó la remoción total de la vegetación característica de dunas costeras con matorral y la afectación de un Humedal, donde se construyó una brecha, por lo que se rellenó un estero en una superficie de 712.80 m2, afectando vegetación de Manglar, con la presencia de especies de Mangle Botoncillo (Conocarpus erectus), Mangle Blanco (Laguncularia racemosa), Mangle Rojo (Rhizophora mangle) y Mangle Negro (Avicennia germinans).
Al momento de la inspección, el visitado no exhibió la autorización en materia de Impacto Ambiental que otorga la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), por lo que con el objeto de evitar la continuación de daño a los recursos naturales presentes en el sitio, se determinó imponer la CLAUSURA TOTAL TEMPORAL del cambio de uso de suelo en áreas forestales en dunas costeras, con vegetación de matorral y el relleno en un estero y zona de manglar, dentro de un ecosistema costero.
La clausura se mantendrá hasta en tanto el responsable de las obras obtenga y exhiba la correspondiente autorización federal en materia de Impacto Ambiental, en caso de desacato a la medida de seguridad ejecutada, la PROFEPA presentará la denuncia correspondiente ante el Ministerio Público Federal, en contra de quien resulte responsable.
La importancia del lugar obedece a que todos los años arriban miles de tortugas de la especie Golfina (Lepidochelys olivácea), considerada en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010, bajo Protección ambiental-Especies nativas de México de flora y fauna silvestres-Categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio – Lista de especies en riesgo, en categoría de Protegida.
Esta Procuraduría informa que, dentro del ámbito de sus atribuciones y competencia, continuará con la substanciación del procedimiento administrativo con motivo de las actuaciones descritas, hasta la emisión de la resolución administrativa para determinar la imposición de sanciones que correspondan, con el fin de garantizar el derecho humano a un medio ambiente sano en el lugar.