Por Amira Azucena Cruz Ramírez
• El Sistema Constitucional de Competencias está integrado por: Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Órganos Constitucionales Autónomos (OCA)
De manera lógica, toda persona –de distinta edad, condición y posición, profesión u oficio-, debería tener idea del sistema en el que vive para intentar sobrevivir en él. Parece hasta regla de selección natural ¿verdad?; me gusta más el planteamiento de Jürgen Habermas en la Teoría de la Acción Comunicativa, sobre tener presente el Mundo de la Vida. Sobre que cada persona reconozca los elementos del Mundo de la Vida, obviamente entre ellos, pensando en el mundo que nos toca vivir actualmente, el tipo de Nación donde se encuentra, su Forma de Gobierno y los Derechos de los que goza.
El texto de este martes de Socioformación tiene como objetivo, recordarnos que los Estados Unidos Mexicanos son una República con cuatro características: Representativa, Democrática, Federal y Laica; compuesta de Estados libres y soberanos, en su régimen interior, pero unidos en una Federación, así lo podemos todas y todos consultar en el Artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
El Estado (sí, con mayúscula inicial), es la organización jurídica de la sociedad, dotado de un Poder, que se ejerce a través de una Forma de Gobierno, para dar servicios a una población, y asentado en un determinado territorio.
En un Estado Democrático, como los Estados Unidos Mexicanos, es el Pueblo (sí, con mayúscula inicial), que dota el Poder por el que se ejerce la Forma de Gobierno.
El Pueblo es el elemento más importante del Estado, porque es el sujeto de su Poder Político: se convierte en autoridad a través del fenómeno de la representación.
El Pueblo también es objeto del Poder Político, y como tal, obtiene derechos y obligaciones.
Y para cumplir el mandato del Pueblo y cubrir las necesidades de la población (son términos distintos), el Estado se administra a través de una Forma de Gobierno.
En los Estados Unidos Mexicanos, el Poder Público se ejerce a través del Sistema Constitucional de Competencias –conocido tradicionalmente como División de Poderes-, que en recientes años nos ayuda a comprender el estudio y los textos de Derecho Constitucional –como los de Elisur Arteaga Nava-, y los diversos criterios que ha emitido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), particularmente la Tesis Jurisprudencial 20/2007.
El Sistema Constitucional de Competencias está integrado por los tres Poderes “clásicos” o “tradicionales”: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como por los Órganos Constitucionales Autónomos (OCA), que en las últimas décadas se han incorporado al diseño constitucional de equilibrio del Poder Público.
Si están de acuerdo y puedo contar con su generosa atención, en siguientes entregas de Socioformación abundaremos poco a poco sobre las particularidades de cada elemento expuesto este martes.
Por favor compártanme también información al respecto, recuerden que si cada persona puede compartir su saber y quehacer, por sencillo que estos parezcan, ayudan al aprendizaje colectivo. Todo es valioso y necesario en este momento de crecimiento como sociedad.