Proceso
Ciudad de México. Con penas de entre 8 y 14 años de cárcel y multas de entre 600 a mil 200 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización será castigado para quien incurra en el delito de turismo sexual infantil en Oaxaca y la sanción podrá incrementarse si se trata de un servidor público o si existe algún parentesco con la víctima.
Durante la víspera, el Congreso de Oaxaca aprobó reformar el Código Penal Local al tipificar el delito de turismo sexual infantil con un castigo que oscila entre los ocho hasta los 14 años de prisión.
El Código Penal de Oaxaca estipula penas para quien financie, promueva, publicite, invite o gestione por cualquier medio para que visite el estado de Oaxaca con la finalidad de realizar cualquier tipo de actos sexuales reales o simulados con una o varias personas menores de 18 años de edad.
También se estableció que las sanciones por este delito aumentarán hasta la mitad del tiempo estipulado cuando el sujeto sea funcionario público, o cuando se aproveche de su profesión u oficio para coaccionar a los menores.
Además, se asentó que en estos casos se le destituirá del empleo, cargo o se inhabilitará para desempeñar otro.
De igual forma, las penas se incrementarán si la persona que cometa el delito tiene parentesco por consanguinidad, parentesco civil o habite en la misma vivienda que la víctima o tenga alguna relación sentimental o de confianza con quien resulte agraviado.
La reforma propuesta por la diputada Laura Estrada Mauro, refiere que los menores de edad constituyen el grupo más vulnerable de nuestra sociedad y que su incapacidad natural y legal necesariamente representa compromisos y responsabilidades para aquellos encargados de salvaguardar los derechos humanos.