Toda muerte violenta de una mujer en Oaxaca tendrá que ser investigada bajo la presunción de feminicidio, las autoridades encargadas de las diligencias deberán actuar con perspectiva de género, con el fin de combatir argumentos que, con base en estereotipos, impidieran el pleno y efectivo derecho de igualdad; así lo establece la reforma al artículo 57 de la Ley Estatal de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género aprobado por el Congreso local.
La Diputada de morena y Presidenta de la Comisión de administración y procuración de justicia en la LXIV Legislatura, Elisa Zepeda Lagunas, refirió que con la aprobación de su reforma planteada, la perspectiva de género será componente obligatorio para las instituciones encargadas de investigar las muertes de mujeres en territorio oaxaqueño:
“Con esta reforma se harán visibles los escenarios de discriminación que las mujeres sufrieron antes y después de ser privadas de la vida; se conocería escenarios violentos y posibles omisiones institucionales”, señaló Zepeda Lagunas.
Pese a que estas disposiciones ya habían sido reconocidas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no se encontraba dentro de la norma jurídica, situación que llegó a su fin con la nueva disposición aprobada por la LXIV Legislatura local.
La perspectiva de género adherida por las nuevas disposiciones legales es considerada como una acción inclusiva, debido a que visibiliza y comprende la discriminación contra las mujeres, además de resaltar las limitaciones que afectan el ejercicio pleno de sus derechos humanos.
En lo que va de la presente administración diversas organizaciones han dado cuenta de 305 asesinatos de mujeres en territorio oaxaqueño.