Excélsior
Apartir de este 1 de enero de 2020, entran en vigor las nuevas disposiciones del artículo 25 de la Ley de Residuos Sólidos en la Ciudad de México, en las que autoridades capitalinas dieron a conocer que las empresas no podrán comercializar, distribuir o entregar bolsas de plástico.
La Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México indicó que más que ser un castigo, esta medida busca generar un cambio en la sociedad respecto al uso de este material.
De no cumplir con lo establecido en la citada ley, las sanciones contempladas van de 500 a dos mil Unidades de Medida y Actualización (UMA´s), con valor de 84.49 pesos cada una. Por lo tanto, el valor de las multas estaría entre dos mil 245 y 168 mil 980 pesos.
Este nuevo reglamento, que se aplica específicamente para la Ciudad de México, no multará a personas que las utilicen, pero sí a las empresas que vendan o entreguen las bolsas que no sean degradables.
Ante ello, los ciudadanos podrán denunciar a los establecimientos que no adopten la medida en la Dirección General de Evaluación de Impacto y Regulación Ambiental de la Sedema y en el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA).
Las reformas aprobadas para el artículo 25 de la Ley de Residuos Sólidos prohíben las bolsas de material no degradable en puntos de venta de bienes o productos. Sin embargo, no aplica para los materiales compostables.
La diputada del Partido Verde Alessandra Rojo de la Vega presentó en octubre de 2018 la iniciativa de reforma a la Ley de Residuos Sólidos. En mayo de este año el Congreso local la aprobó y las medidas establecidas entran en vigor el 1 de enero de 2020.
Esta ley también dejará libre a la capital de México de otros objetos plásticos en 2021 como popotes, mezcladores, globos, tapas, vasos, cubiertos, aplicadores de tampones, entre otros.