Vanguardia
En 12 entidades del país, la incineración de cuerpos con algún virus o patógeno contagiable, como el COVID-19, es obligada por sus leyes de salud, mientras que otras seis ordenaron medidas para evitar la propagación e incluso determinaron que no puede haber funerales masivos, tal como en la Ciudad de México, donde se prohibieron velorios de más de cuatro horas.
Pese a no tener normas previas que avalaran la cremación de cadáveres con signos de contagio, Querétaro, Tamaulipas, Coahuila, Baja California, Sinaloa y la Ciudad de México adecuaron sus medidas sanitarias para seguir las recomendaciones del ISSSTE, que sugieren la cremación sin velorio.
Mientras que Tabasco, San Luis Potosí y Nuevo León reforzaron las medidas sobre el trato de cadáveres infectados, aunque en sus leyes de salud ya contaban con la incineración en caso de emergencia sanitaria.
Carlos Martínez Zárate, biólogo molecular, señaló que la incineración es la mejor forma para evitar la propagación del virus, ya que los cuerpos que lo contienen son potencialmente infecciosos y aun en estas condiciones se puede transmitir la enfermedad.
Por ello, Colima, Guerrero, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Sonora, Tlaxcala y Yucatán, pese a no anunciar algún tipo de refuerzo en cuanto al trato de cadáveres, mantienen vigente, en sus respectivas leyes de salud, la incineración de cuerpos en caso de presentar algún riesgo de contagio.
Pese a que la medida no se ha homologado en todos los estados, el especialista señaló que un cuerpo es capaz de infectar a las personas sólo si es tocado directamente, por lo que sí es posible hacer entierros de la forma tradicional, siempre y cuando se respeten las medidas de salubridad y distanciamiento en el tratamiento de los cadáveres.