Continuarán en Oaxaca de Juárez medidas de restricción contra COVID-19

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 El Cabildo del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez determinó este martes, en sesión extraordinaria, extender la vigencia de las medidas restrictivas y de prevención contra el COVID-19 hasta que se modifique el estatus rojo del semáforo de riesgo epidemiológico para el estado de Oaxaca, por lo que el 1 de julio no se podrán reanudar actividades no esenciales.

La decisión del cuerpo colegiado, que aprobó por unanimidad el punto de acuerdo propuesto por el Presidente Municipal Oswaldo García Jarquín, tiene como fin único salvaguardar la salud de las personas, luego de que el Gobierno federal anunció que de la semana del 29 de junio al 5 de julio, el semáforo de riesgo continuará en rojo para la entidad oaxaqueña.

De acuerdo con la Secretaría de Salud federal, para decretar el indicador rojo se toma en cuenta el número de contagios acumulado en los últimos días, la ocupación hospitalaria y de la tendencia de los casos sospechosos a COVID-19 registrados también en los últimos días.

De ahí la decisión del Cabildo de Oaxaca de Juárez de mantener vigentes las disposiciones aprobadas en las sesiones de Cabildo celebradas los días 18 y 25 de marzo, 4 y 15 de abril de este año, para atender la emergencia sanitaria decretada por el Consejo de Salubridad General.

Es de señalar que el punto de acuerdo presentado por el Presidente Municipal, Oswaldo García Jarquín, surte efectos a partir de la fecha de su misma aprobación. Entre las medidas aprobadas por unanimidad se encuentran: el receso laboral para alrededor de 1 mil 500 empleados sindicalizados del Ayuntamiento, la suspensión temporal de actividades en salones de fiesta, antros, cantinas, bares, centros nocturnos, cervecerías, mezcalerías, centros botaneros y similares establecidos en la capital del estado.

La suspensión de actividades de los establecimientos comerciales clasificados de Control Normal y de Control Especial, contenidos en el Catálogo de Giros Comerciales, Industriales y de Servicios del Municipio de Oaxaca de Juárez, la suspensión de actividades de los centros o locales comerciales con giros no esenciales de los mercados públicos y Central de Abasto de Oaxaca de Juárez.

El punto de acuerdo considera que los centros o locales comerciales que expendan alimentos preparados, tendrán prohibido el consumo de los mismos en el propio establecimiento, así como que los centros o locales comerciales con giros esenciales, deberán aplicar las medidas de prevención sanitaria, emitidas por las autoridades competentes.

Establece que solamente podrán continuar en funcionamiento aquellos comercios cuyo giro esté directamente vinculado al cuidado de la salud humana y animal, así como los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI); además, los establecimientos cuyo giro sea la distribución y venta de gasolina o gas y la generación y distribución de agua potable o agua purificada para consumo humano.

También se estipula que podrán continuar operando, con estricto apego a las medidas sanitarias, aquellos establecimientos que se dediquen a la venta de productos alimenticios básicos para consumo humano y animal, así como los mercados, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes y establecimientos dedicados a la venta de artículos de higiene personal y productos de limpieza, lavanderías, productos de ferretería, plomería y electricidad, reparación de aparatos electrodomésticos, telecomunicaciones, control de plagas, servicios relacionados con la reparación y mantenimiento de vehículos, servicios de mensajería, servicios funerarios y de inhumación.

Por lo que respecta a los establecimientos que se dediquen a la elaboración y venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas, podrán funcionar únicamente a puerta cerrada en la modalidad de servicio a domicilio

La medida dispone que las instituciones de banca, ahorro y crédito, aseguradoras y casas de empeño, deberán establecer mecanismos de control sanitario que eviten aglomeraciones al exterior de sus sucursales derivados del tiempo de espera por los servicios que prestan; además tendrán que observar las disposiciones de sana distancia.

Asimismo, se ordena que los comercios cuya licencia les autorice la venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada, deberán suspender dicho servicio a partir de las 18:00 horas.