En sesión pública realizada por videoconferencia, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó a la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO); entregué la información solicitada por Remedios Zonia López Cruz.
En la resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, identificado con la clave JDC/91/2021, se declaró fundada la inconformidad de la actora, respecto a que la autoridad responsable contestó algo distinto a lo solicitado.
En consecuencia, la Magistrada y los Magistrados revocaron el oficio IEEPCO/DEPPPyCI/302/2021, y dieron un plazo de 24 horas a la Dirección Ejecutiva de Partidos Políticos, Prerrogativas y Candidatos Independientes del IEEPCO, contado a partir del momento en que quede notificada de la presente determinación, para que otorgue a López Cruz los datos requeridos, y le notifique dentro del mismo plazo.
La quejosa señaló que a esa Dirección del Instituto Electoral local solicitó el nombre de la persona que fue registrada como candidato a presidente municipal de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, por el partido MORENA, así como la lista de personas que integran las planillas a las concejalías a los ayuntamientos que conforman el bloque de competitividad alto o más competitivo formulado por el citado partido.
En el presente asunto, este Tribunal argumentó que la responsable sí está obligada a atender este requerimiento de información, máxime que, no acreditó que haya calificado dichos datos con el carácter de reservados o confidenciales, en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de Sujetos Obligados.