Maribel Martínez/RIOaxaca
Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), acordó el pasado 26 de mayo revocar el acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se emitió la convocatoria mixta para la renovación de la presidencia del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
En sesión pública, las magistradas y los magistrados determinaron que el acuerdo INE/CG420/2021 del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por el que se aprueban las convocatorias para la selección y designación de las consejeras y consejeros presidentes de los organismos públicos locales de las entidades de Baja California Sur, Campeche, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Jalisco, Nuevo León, Oaxaca, Querétaro, San Luis Potosí, Sonora, Tabasco, Yucatán y Zacatecas, así como, de las consejeras y consejeros electorales de los organismos públicos locales de las entidades de Aguascalientes, Baja California, Chihuahua, Coahuila, Durango, Hidalgo, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Veracruz; en específico, la convocatoria para el Estado de Oaxaca, vulnera los principios de paridad igualdad y alternancia de género.
La impugnación al acuerdo antes mencionado fue realizada por un grupo de mujeres entre las que destacan Karla Gabriela Jiménez Carrasco, María Luisa Matus Pineda, Patricia Pérez Sánchez y Dagnia Luis Roa, quienes interpusieron el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, argumentando que INE debió tomar medidas eficaces para lograr la representación equipada de mujeres y hombres en la presidencia del órgano local, considerando que no existe paridad en las presidencia de los organismo locales y que en el caso de Oaxaca desde su creación nunca a sido presidido por una mujer.
En el proyecto que se puso a consideración de las magistradas y los magistrados, la Magistrada Ponente Mónica Aralí Soto Fregoso, propuso revocar el acuerdo en la parte controvertida y ordenar al INE que emita una convocatoria para el procedimiento de la selección y designación de la presidencia del IEEPCO exclusiva para mujeres, dejando subsistentes los registros de las aspirantes que presentaron su solicitud en el periodo establecido.
Finalmente, en votación el magistrado Indalfer Infante Gonzáles votó en contra del proyecto, señalando que se sobresee por extemporáneo, en virtud de que la demanda fue presentada a una autoridad distinta de las responsables y que cuando esta llegó al INE los tiempos ya había pasado.