Multa IAIP a servidores públicos de ayuntamientos por incumplir resoluciones

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 En la Décima Tercera Sesión Ordinaria, el Consejo General del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Oaxaca (IAIP) aprobó la imposición de multas como medidas de apremio a los servidores públicos responsables de los ayuntamientos de Santo Domingo Tehuantepec, Magdalena Tequisistlán, Cuilapam de Guerrero, Santa Cruz Nundaco, Constancia del Rosario, Santiago Suchilquitongo, Salina Cruz y Santa Cruz Amilpas por no dar cumplimiento a las resoluciones dictadas por el IAIP a los recursos de revisión.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 156, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado, la medida de apremio impuesta a los Responsables de la Unidades de Transparencia de estos ayuntamientos es una multa, que corresponde a 20 UMAS ($1,792.40 pesos M.N.) cada una.  Cabe mencionar que las medidas de apremio de carácter económico no podrán ser cubiertas con recursos públicos.

A través del acuerdo ACDO/CG/IAIP/055/2021 el Consejo General del IAIP aprobó estas multas emitidas por la Secretaría General de Acuerdos del IAIP,  en el caso del servidor público responsable del Ayuntamiento de Santo Domingo Tehuantepec por no dar cumplimiento a la resolución emitida al recurso de revisión R.R.A.I.0113/2019.

Al servidor público responsable del H. Ayuntamiento de Magdalena Tequisistlán por el expediente del recurso de revisión R.R.A.I. 0156/2019/SICOM. En el caso del H. Ayuntamiento de Cuilapam de Guerrero por el expediente del recurso de revisión R.R.A.I.0206/2020/SICOM. Al responsable de Santa Cruz Nundaco por el recurso de revisión R.R.A.I.0420/2019/SICOM. Al municipio de Constancia del Rosario por el expediente R.R.A.I.0268/2019/SICOM, al responsable del H. Ayuntamiento de Santiago Suchilquitongo por los expedientes R.R.A.I.0430/2019/SICOM Y R.R.A.I.0386/2019/SICOM.

También al responsable del H. Ayuntamiento de Salina Cruz por el expediente R.R.A.I.0044/2020 y al H. Ayuntamiento de Santa Cruz Amilpas por el expediente del recurso de revisión R.R.A.I.121/2019.