David Ornelas/RIOaxaca
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le tumbó una diputación al Partido del Trabajo (PT) en la próxima Legislatura del Estado, y se la asignó al Partido Revolucionario Institucional (PRI).
En sesión realizada este miércoles, las magistrados y los magistrados revocaron la sentencia de la Sala Xalapa del TEPJF, que validaba el reparto de las diputaciones plurinominales realizada por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO).
“Se modifica la asignación de diputaciones de representación proporcional realizada por el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca”, expuso la sentencia de los expedientes acumulados SUP-REC-1994/2021, SUP-REC-2001/2021, SUP-REC-2002/2021, SUP-REC-2003/2021 y SUP-REC-2004/2021.
“Se ordena al Instituto Estatal Electoral actuar conforme a lo establecido en el apartado de efectos de la sentencia”, agregó.
A propuesta del magistrado presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón se desechó la propuesta de sentencia que declaraba improcedentes estas demandas.
El juzgador expuso que el IEEPCO hizo un cálculo equivocado de la fórmula para el reparto de las diputaciones de representación proporcional, ya que la Ley Electoral de Oaxaca sí prevé un procedimiento específico para verificar y ajustar los límites de sobrerrepresentación, además, porque el procedimiento de los lineamientos en los cuales se basó el IEEPCO para hacer el reparto, sí contradice a la Ley local.
“La correcta aplicación del procedimiento previsto en la ley, no vulnera la pluralidad en la integración del Congreso del Estado, ni del partido de representación indígena como adujo la Sala Xalapa”, refirió.
“El cambio en la asignación constituiría en retirar una diputación al Partido del Trabajo y asignar una diputación adicional al Partido Revolucionario Institucional, es decir, el partido local indígena Unión (sic) Popular mantendría su curul”, expresó, Reyes Rodríguez.
Esta moción fue secundada por los magistrados Janine Otálora Malassis, Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña.