Hasta 3 años de prisión a quien incite trabajo infantil en centros nocturnos

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El Congreso de Oaxaca reformó el Código Penal del Estado para prohibir el trabajo de los menores de edad en los centros nocturnos y sancionar a los responsables con hasta tres años de prisión.

Por lo que ahora quedó establecido en la ley que ninguna persona menor de 18 años de edad o quien no comprenda el significado del hecho, deberá de laborar en cantinas, tabernas, bares, antros, centros de vicio o en cualquier otro lugar en donde se afecte de forma negativa su sano desarrollo físico, mental o emocional.

Tanto los responsables de estos establecimientos como los padres de familia o tutores que promuevan que las niñas, niños y jóvenes trabajen en estos lugares, serán sancionados hasta con tres años de prisión, y en el caso de reincidencia, se ordenará el cierre definitivo de dichos espacios.

Esta prohibición de trabajo infantil y sanciones quedó decretado en el artículo 194 Bis que se agregó al título sexto “Delitos contra la dignidad y el desarrollo de las personas menores de edad”, capítulo I, del Código Penal de Oaxaca.

El cambio legislativo fue propuesto por la diputada Lizett Arroyo Rodríguez, del grupo parlamentario de Morena y aprobado por el Pleno con 36 votos.

Con ello, desde el Congreso local se busca eliminar la explotación laboral de la niñez y juventud en el estado, ya que de acuerdo con la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil, Oaxaca tiene el primer lugar de ocupación no permitida por la ley, la cual pone en riesgo la salud, el desarrollo físico y mental de los menores de edad.

En el mismo sentido, el estado tiene a nivel nacional la tasa más alta de ocupación peligrosa en el rango de 5 a 17 años, en trabajos como construcción, minas, bares, cantinas, entre otros. Estos datos reflejan que ellos abandonan su educación escolar, lo cual también es una violación a sus derechos humanos.

El decreto aprobado entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno de Oaxaca.