Designa Congreso a Michel Julián López titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas Desaparecidas de Oaxaca

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 Fue electa para un periodo de tres años.

San Raymundo Jalpan, Oax. 10 de enero de 2024.- Con 35 votos a favor, el Pleno de la LXV Legislatura local designó a la ciudadana Michel Julián López como titular de la Comisión Estatal de Búsqueda de Personas Desaparecidas de Oaxaca, para un periodo de tres años.

Previo a la elección de la nueva titular, las diputadas y los diputados aprobaron en sesión extraordinaria la terna enviada por el titular del Poder Ejecutivo, luego de la convocatoria pública emitida el 16 de octubre de 2023 para participar en el proceso de selección de la persona a ocupar la titularidad de dicha comisión.

Luego de su designación, la ciudadana Michel Julián López rindió la protesta de ley correspondiente a su cargo, ante la Mesa Directiva de la LXV Legislatura local.

Michel Julián López es licenciada en Derecho por la Universidad Autónoma “Benito Juárez” de Oaxaca (UABJO), se ha desempeñado como Vicefiscal General de Atención a Víctimas y a la Sociedad de la Fiscalía General del Estado; así como jefa de Departamento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, y Visitadora Adjunta en la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca.

La Comisión Permanente de Administración y Procuración de Justicia del Congreso del Estado, que preside la diputada Lizett Arroyo Rodríguez, fue la responsable de entrevistar a los integrantes de la terna, a excepción del licenciado Enrique Chavelas Espinosa, quien manifestó su imposibilidad de asistir a las entrevistas.

Esta comisión legislativa informó que verificó que fuesen cumplidos los requisitos para ser titular de la Comisión de Búsqueda de Personas Desaparecidas, de conformidad con el artículo 36 de la Ley en Materia de Desaparición Forzada de Personas de Oaxaca.

“En ese sentido se tienen por cumplidos dichos requisitos, toda vez que tanto la Coordinadora para la Atención de los Derechos Humanos del Poder Ejecutivo, las colectivas y colectivos de víctimas, víctimas indirectas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil, así como los integrantes de esta comisión dictaminadora han certificado su cumplimiento”, señala el dictamen.

De acuerdo con el artículo 36, entre los requisitos para presidir la Comisión, están el contar con conocimientos y experiencia en defensa y promoción de derechos humanos, en búsqueda de personas, investigación de delitos de desaparición u otros delitos de alto impacto o complejidad, conocimientos en ciencias forenses o investigación criminal u otras materias relevantes para el ejercicio de sus funciones.

Al igual que, no haber sido condenado en sentencia ejecutoria por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público; no haber resultado responsable de violaciones a derechos humanos en resoluciones jurisdiccionales o de organismos públicos autónomos de derechos humanos de las entidades federativas o del organismo nacional; no tener conflicto de interés en la búsqueda de personas o con el cargo de Comisionado estatal.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 18 de la Ley en Materia de Desaparición de Personas, la Comisión Estatal de Búsqueda es un organismo encargado de determinar, ejecutar y dar seguimiento a las acciones de búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas en todo el territorio de Oaxaca, de conformidad con lo dispuesto en esa propia ley y en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.