Oaxaca de Juárez, Oaxaca a 24 de enero de 2024.- En sesión pública, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), realice un nuevo procedimiento exclusivo para la integración de los 46 Consejos Municipales Electorales pendientes de instalación.
Por unanimidad, la magistrada presidenta, la magistrada y el magistrado en funciones determinaron en la resolución de los recursos de apelación con claves: RA/06/2024 y RA/07/2024, que la autoridad señalada como responsable no demostró que la facultad de atracción empleada, correspondía a casos urgentes o fortuitos.
Recordaron que esta potestad, siendo una excepción contenida en la Ley, no debe convertirse en una práctica común por parte de la autoridad responsable, sino, que, por el contrario, su aplicación debe ser excepcional y limitada.
Los partidos Acción Nacional y del Trabajo impugnaron el acuerdo de 5 de enero de 2024, en el cual, el Consejo General del IEEPCO asumió la facultad de atracción de atribuciones y funciones de 46 Concejos Municipales Electorales, transfiriendo estas responsabilidades a los Consejos Distritales según la distritación aprobada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para el proceso electoral ordinario 2023-2024.
Los promoventes señalaron que el acuerdo adolece de una fundamentación y motivación adecuada, además de vulnerar los principios fundamentales de la materia electoral.
Al respecto. este Tribunal consideró fundados estos agravios, y suficientes para modificar el acuerdo impugnado.
Detalló en la resolución, que el IEEPCO basó su determinación únicamente en la escasa participación de aspirantes para integrar dichos Consejos, cuando tenía la obligación reforzada de acreditar haber realizado los actos idóneos, necesarios y suficientes para fomentar la participación ciudadana en la integración de los Consejos Municipales en el proceso electoral en curso, aspecto que no quedó evidenciado en las constancias del expediente.
Hasta que concluya el nuevo procedimiento y se verifique la posible instalación de los Consejos Municipales, el TEEO determinó que se mantenga la delegación de atribuciones y facultades de los Consejos Municipales a los Consejos Distritales, según lo establecido en el acuerdo impugnado.