Modifica TEEO acuerdo del IEEPCO; elimina obligatoriedad impuesta a partidos políticos

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El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) modificó el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que establecía una obligación a los partidos políticos respecto a la postulación de candidaturas, para el cumplimiento de acciones afirmativas en los ayuntamientos.

Señaló, en la resolución del Recurso de Apelación con clave: RA/18/2024, que el acuerdo en cuestión solo da respuesta a una consulta realizada por el Partido del Trabajo, mediante el cual, se aclaró la interpretación de los lineamientos sobre paridad de género y acciones afirmativas para el registro de candidaturas en el actual Proceso Electoral Ordinario 2023-2024; y no regula una situación jurídica específica.

En consecuencia, agregó el TEEO, no puede tener efectos generales para todos los partidos políticos con registro nacional y estatal, como pretende el IEEPCO.

Por otro lado, el Pleno señaló que no existe confusión respecto a la forma en que deben llevarse a cabo las acciones afirmativas en la elección de los Ayuntamientos en el Estado, dado que la diferencia entre formulas y candidaturas, que se hacen en los lineamientos, obedece a la naturaleza de las candidaturas en las elecciones de diputaciones y Ayuntamiento.