Llama legisladora a cumplir norma oficial mexicana para prevenir incendios forestales en Oaxaca

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 La presidenta de la Diputación Permanente de la LXV Legislatura local, Liz Hernández Matus, llamó a los municipios de Oaxaca a cumplir con la normatividad que establece las especificaciones técnicas sobre el uso del fuego en los terrenos forestales y en los destinados al sector agropecuario, para prevenir y atender los incendios forestales.

Durante su participación en la sesión ordinaria, la diputada abordó la situación de los incendios forestales que afectan a Oaxaca, y refirió que ello obedece “al fenómeno mundial que es el cambio climático”.

Por lo cual, llamó a prevenirlos y para ello, resaltó que los municipios tienen un papel fundamental para la prevención, “se debe procurar que en los municipios se atienda la NOM-015-SEMARNAT/SAGARPA-2007, y la Ley para el Uso y Manejo de Fuego en las Actividades Agropecuarias y Silviculturales en el Estado de Oaxaca”.

“Esta norma tiene por objeto establecer las especificaciones técnicas de los métodos del uso de fuego en los terrenos forestales y también en los terrenos de uso agropecuario, justamente con el propósito de prevenir y de disminuir los incendios forestales”, explicó.

“Entonces es necesario que los municipios establezcan sus cadenas de mando, sus brigadas, equiparlas y fomentar la capacitación”, añadió.

Para prevenir la propagación del fuego, la diputada también pidió transitar del sistema de la roza, tumba y quema, a sistemas sustentables, más amigables y responsables con el medio ambiente.

Y ante el inicio de la temporada de huracanes, que comenzó el 15 de mayo, invitó a autoridades y ciudadanía a desarrollar los proyectos para la reforestación en las zonas afectadas por los incendios.

“Aprovechar esta temporada de lluvias para reforestar, empecemos en nuestras casas, nuestras escuelas, y de ahí con toda responsabilidad que deben tener todas las instancias correspondientes”, manifestó.

Este contenido es de carácter informativo y se comunica con base a las fracciones III y IV del artículo 22 de la Ley de Acceso a la Información Pública, Transparencia y Buen Gobierno del Estado de Oaxaca, sin fines electorales.