TEPJF confirma que sólo INE puede nombrar consejeros

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Los magistrados revocan la designación de tres consejeros y la prórroga de otros tres miembros del Instituto Electoral de Tamaulipas.

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la designación de tres nuevos consejeros y la prórroga de otros tres integrantes del Instituto Electoral de Tamaulipas, y ordenó que continúen en sus cargos sólo hasta que el Instituto Nacional Electoral (INE) designe a los nuevos.

La sentencia fue remitida al Instituto Nacional Electoral (INE) a manera de “criterio orientador”, pues los magistrados determinaron que es claro que la reforma constitucional en materia político-electoral dio al INE la competencia exclusiva para designar a los integrantes de órganos electorales locales.

Al resolver el Juicio de Revisión Constitucional 14/2014, promovido por el PAN en Tamaulipas, los magistrados determinaron que al entrar en vigor la reforma constitucional en materia político-electoral debió suspenderse la convocatoria para designación de consejeros del estado.

Así, con la sentencia se revocaron dos decretos emitidos por el Congreso de Tamaulipas en marzo pasado, en los que se reeligieron a tres consejeros locales para un periodo hasta 2017, -pero se les ordenó continuar en sus cargos hasta que el INE realice las designaciones- y se nombró a otros tres.

El magistrado presidente del TEPJF por ministerio de ley, Pedro Esteban Penagos, expuso que la reforma constitucional derogó todos los preceptos locales que otorgaban facultades a los congresos para la designación de órganos electorales, pues ésta ahora es del INE.

Otro efecto fue la prórroga de los actuales consejeros, por tanto “es un criterio orientador para todos los congresos de los estados para advertir que ya no se trata de un problema de inconstitucionalidad de esos preceptos, sino que se reduce a un problema de competencia, ahora la competencia es del INE”.

En la discusión, el magistrado Flavio Galván recordó que si bien la convocatoria para el procedimiento de integración de ese instituto electoral se emitió en diciembre de 2013, cuando no había la reforma constitucional en materia electoral, ésta ocurrió y fue promulgada en febrero de este 2014.

“Es evidente que en el inter se ha publicado la reforma constitucional en el Diario Oficial de la Federación” que establece en el artículo 116 que el consejero presidente y los consejeros electorales de las entidades federativas serán designados por el INE.

Además, el 9º transitorio de esa reforma se estableció que los actuales consejeros continuarán en su encargo hasta en tanto el INE realice las designaciones.

“El 9º transitorio es clarísimo y señala que los consejeros electorales que estén ocupando un cargo hasta el momento de la reforma seguirán en su encargo” hasta que haya leyes secundarias y se realicen las designaciones, dijo la magistrada María del Carmen Alanís, quien planteó sin embargo que cada caso deberá ser analizado en lo particular.

El magistrado Constancio Carrasco estableció que “ha quedado muy claro que la reforma constitucional determina ya a partir del 10 de febrero de este año un nuevo sistema de competencias para la designación de consejeros estatales”.

Por tanto, “ya no opera el procedimiento anterior para designación de consejeros que estaba reservado a los congresos estatales. Es el INE el que tiene en sus manos esta tarea”.

El magistrado Manuel González Oropeza estableció que si bien aún falta la ley reglamentaria que establecerá la forma de designación de integrantes de órganos locales, esto podría hacer pensar a algunos estados que mientras no esté en la ley “pueden seguir nombrando e integrando a sus autoridades electorales (pero) es una interpretación válida pero incorrecta. Los artículos transitorios son la reforma constitucional”, advirtió.