A partir de este jueves primero de mayo, los adultos mayores que reciban apoyos mediante transferencias electrónicas, deberán acudir cada seis meses a la Sede de Atención o a los módulos que la Unidad Responsable del Programa (URP) establezca para comprobar su supervivencia.
A través del Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) establece que para su primera comprobación, el término empezará a correr a partir del mes en que se inscriban al Programa de Pensión para Adultos Mayores.
La dependencia federal indica que dentro de las obligaciones del adulto mayor, está el no hacer uso indebido (venta, préstamo o uso con fines partidistas o electorales, entre otros) de los documentos que lo acreditan como beneficiario.
Que será causa de suspensión de apoyos por tiempo indefinido a quienes no lo cobren en tres ocasiones consecutivas.
La URP podrá establecer mecanismos para programar citas previas y realizar análisis de elegibilidad en línea de manera que se reduzcan los tiempos de espera para los adultos mayores solicitantes.
La Sedesol explica que si la o el beneficiario no se presenta a comprobar su supervivencia, se retendrá la emisión del apoyo económico directo correspondiente al siguiente bimestre. En caso de no presentarse en los siguientes dos meses, se le suspenderá indefinidamente del Programa