No más violencia laboral contra las mujeres, pide Matus Fuentes

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• Presentó iniciativa de reforma al artículo 13 de la Ley Estatal de acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género

La diputada del grupo parlamentario del PRI en la LXII Legislatura estatal, María Luisa Matus Fuentes, consideró impostergable armonizar nuestro marco jurídico estatal con el federal, para no permitir más violencia laboral en contra de las mujeres.

Por ese motivo, la legisladora por el distrito de Juchitán envió al Congreso del Estado una iniciativa por la que se reforma el artículo 13 de la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género.

En la exposición de motivos, destacó la necesidad de que nuestra entidad cuente con una ley local moderna y acorde a las exigencias sociales que permitan a la mujer oaxaqueña mejoras en su vida diaria, de ahí que hace un exhorto a los legisladores para procurar un marco legal que proteja a este sector, sobre todo en la etapa de la lactancia.

Detalló que violencia en el ámbito laboral, es la negativa ilegal de contratación a la víctima o de respetar su permanencia o condiciones generales de trabajo, la descalificación de la actividad realizada, las amenazas, la intimidación, las humillaciones y todo tipo de explotación, el impedimento a las mujeres de llevar a cabo el período de lactancia previstos en las leyes y todo tipo de discriminación por condición de género.

“Es importante señalar que en las dependencias gubernamentales, pero sobre todo en la iniciativa privada, las mujeres sufren de violencia laboral. Se les dificulta para poder acceder a los periodos de descansos para amamantar a sus hijos, sobre todo aquellas mujeres que se rigen bajo ciertos tipos de contratos o como personal de confianza”, recalcó, de ahí la necesidad de la homologación a la ley federal.

Detalla que a lo largo de la historia podemos encontrar grandes movimientos organizados por mujeres que lucharon por el respeto y reconocimiento de sus derechos desde distintos ámbitos. En este contexto, tanto a nivel internacional como nacional se han emitido distintos instrumentos jurídicos en aras de erradicar la violencia contra la mujer.

Consideró necesario hacer hincapié en el artículo 123 de la Constitución Política de nuestro país, que en la fracción V del inciso A, menciona que las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación.

Además, gozarán forzosamente de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha fijada aproximadamente para el parto y seis semanas posteriores al mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieren adquirido por la relación de trabajo.

Pero también menciona que en el período de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, lo cual, también tendrá que recalcarse en la Ley Estatal de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Género, finalizó.